La crisis económica y laboral actual ha hecho que muchos inmigrantes vean como mejor opción la posibilidad de acogerse al programa de retorno voluntario, pero… ¿cómo saber si podemos beneficiarnos de éste? Aquí se lo contamos:
1. Debe encontrarse en España por más de 6 meses en estado de vulnerabilidad.
2. Informe Social de los Servicios Sociales del Ayuntamiento en el que está empadronado/a.
3. Cumplimentar el impreso de la solicitud emitido por el OIM.
4. Declaración de voluntariedad de retorno a su país de origen.
¿Qué otorga el programa?
1. Billete para el viaje de retorno.
2. Ayuda económica para la reintegracion en el país de orígen.
Es importante recabar toda la documentación señalada para que nuestra solicitud sea aceptada y poder acogerse al programa de retorno.
¡Qué bien! Hemos decidido abrir un sistema para que -además de pasar por la entidad para contarnos en qué podemos echaros una mano- podáis enviar vuestras consultas a través de internet. Se encuentra en la sección de asesoría jurídica pinchando en el botón “Envía tu consulta”.